Bitacora ambiental de Ordenamientos Ecológicos
En base al reglamento en materia de ordenamiento ecológico de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEEPA) en su artículo 3 fracción VIII señala que la bitácora ambiental es el registro del proceso de ordenamiento ecológico y el artículo 64 refiere que la bitácora ambiental es el registro público de los avances del proceso del ordenamiento. Un proceso de ordenamiento ecológico está determinado por las siguientes fases según corresponda el momento en que se encuentre:
Bitacora ambiental
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