Bitacora ambiental de Ordenamientos Ecológicos Locales (POEL)

De acuerdo al reglamento en materia de ordenamiento ecológico de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en su artículo 11 señala que el estado o el municipio es quien se encargara de la integración de la bitácora ambiental de los programas de ordenamientos ecológicos Locales, en este caso el gobierno del estado apoya para que tengan su bitácora ambiental los siguientes municipios:

 

 

Actualización página web 10 de octubre 2018

 

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